Fiscalidad y condiciones de liquidez
El régimen fiscal que se expone a continuación no representa la prestación del servicio asesoramiento fiscal y no puede interpretarse como tal.
La información no dispensa la consulta de la legislación vigente en cada momento ni constituye garantía de su no modificación hasta la fecha del reembolso. Este marco no obliga a las autoridades fiscales o judiciales y no garantiza que estas entidades no puedan adoptar posiciones contrarias. No dispensa a consulta delo artículo 21 del Estatuto de Beneficios Fiscales.
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Planes Poupança Reforma BBVA
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Fondos de pensiones abiertos BBVA
La. Beneficio fiscal en la suscripción
Edad del participante | Inversión para deducción máxima | Deducción máxima en IRS (1) |
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Edad del participante
Menos de 35 años
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Inversión para deducción máxima
2.000 €
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Deducción máxima en IRS (1)
400 €
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Edad del participante
De 35 a 50 años (incluidos)
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Inversión para deducción máxima
1.750 €
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Deducción máxima en IRS (1)
350 €
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Edad del participante
Más de 50 años (2)
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Inversión para deducción máxima
1.500 €
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Deducción máxima en IRS (1)
300 €
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1) Existe devolución de este beneficio fiscal con un incremento del 10 % por cada año o fracción transcurrido:
- En las condiciones específicas de reembolso, cuando la antigüedad de las unidades se participación son menores de 5 años o se realizan fuera de las condiciones específicas de reembolso, independientemente de la antigüedad de las unidades, excepto en caso de fallecimiento del participante.
2) Las cantidades aplicadas por los contribuyentes después de la fecha de jubilación no son deducibles para la recaudación del IRS.
Ingreso recaudable tras cociente familiar | Límite | Incremento del límite |
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Ingreso recaudable tras cociente familiar
Hasta 7.703 € (inclusive)
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Límite
Sin límite
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Incremento del límite
Unidades con 3 o más dependientes: 5 % por cada dependiente o ahijado civil que no sea sujeto pasivo de IRS
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Ingreso recaudable tras cociente familiar
De 7.703 € hasta 80.000 € (inclusive)
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Límite
1.000 € + [(2.500 € - 1.000 €) x [(80.000 € - Base imponible)/80.000 € - 7.703 €)]]
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Ingreso recaudable tras cociente familiar
Superior 80.000 €
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Límite
1.000 €
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B. Fiscalidad en el momento del reembolso
1. En las condiciones específicas de reembolso previstas en la ley
En caso de reembolso total o parcial PPR - reglas aplicables a los rendimientos de la categoría Y de IRS.
Ingresos pagados por las participaciones suscritas | Tasas efectivas de retención en origen |
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Ingresos pagados por las participaciones suscritas
Hasta el 31-12-2005
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Tasas efectivas de retención en origen
4 % (1)
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Ingresos pagados por las participaciones suscritas
Desde el 01-01-2006 |
Tasas efectivas de retención en origen
8 % (2)
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Tasa autónoma del 20 % sobre:
% del valor de las suscripciones efectuadas durante la 1ª mitad del contrato, en relación con el valor total de las suscripciones | Tasas aplicables a los ingresos (tasas efectivas) en función de los años de vigencia de la 1ª unidad de participación viva |
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% del valor de las suscripciones efectuadas durante la 1ª mitad del contrato, en relación con el valor total de las suscripciones
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Tasas aplicables a los ingresos (tasas efectivas) en función de los años de vigencia de la 1ª unidad de participación viva
< 5 años
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Entre 5 y 8 años
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> 8 años
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% del valor de las suscripciones efectuadas durante la 1ª mitad del contrato, en relación con el valor total de las suscripciones
<35 %
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Tasas aplicables a los ingresos (tasas efectivas) en función de los años de vigencia de la 1ª unidad de participación viva
21,5 %
|
21,5 %
|
21,5 %
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% del valor de las suscripciones efectuadas durante la 1ª mitad del contrato, en relación con el valor total de las suscripciones
>=35%
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Tasas aplicables a los ingresos (tasas efectivas) en función de los años de vigencia de la 1ª unidad de participación viva
21,5 %
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17,2 %
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8,6 %
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C. Condiciones de reembolso
Condiciones específicas de reembolso previstas en la Ley
- 60 años*, habiendo transcurrido 5 años desde cada entrega
- Jubilación por vejez*, habiendo transcurrido 5 años desde cada entrega
- Enfermedad grave, incapacidad para el trabajo y desempleo de larga duración**
- Reembolso de cuotas del crédito para vivienda propia y permanente, habiendo transcurrido 5 años desde cada entrega
- Muerte del participante
- Al margen de las situaciones previstas en los puntos anteriores
* Participante o cónyuge, siendo el PPR un bien común del matrimonio.
La. Beneficio fiscal en la suscripción
Edad del participante | Inversión para deducción máxima | Deducción máxima en IRS (1) |
---|---|---|
Edad del participante
Menos de 35 años
|
Inversión para deducción máxima
2.000 €
|
Deducción máxima en IRS (1)
400 €
|
Edad del participante
De 35 a 50 años (incluidos)
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Inversión para deducción máxima
1.750 €
|
Deducción máxima en IRS (1)
350 €
|
Edad del participante
Más de 50 años (2)
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Inversión para deducción máxima
1.500 €
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Deducción máxima en IRS (1)
300 €
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1) Los reembolsos de las cotizaciones de menos de 5 años de antigüedad tienen un aumento de los beneficios fiscales del 10% por cada año, excepto en caso de fallecimiento del participante.
2) Las cantidades aplicadas por los contribuyentes después de la fecha de jubilación no son deducibles para la recaudación del IRS.
Ingreso recaudable tras cociente familiar | Límite | Incremento del límite |
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Ingreso recaudable tras cociente familiar
Hasta 7.479 €
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Límite
Sin límite
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Incremento del límite
Unidades con 3 o más dependientes: 5 % por cada dependiente o ahijado civil que no sea sujeto pasivo de IRS
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Ingreso recaudable tras cociente familiar
De 7.479 € hasta 78.834 € (inclusive)
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Límite
1.000 €+[(2.500 €-1.000 €)x[(78.834 €-Rendimiento recaudable tras la aplicación del cociente familiar)/78.834 €-7.479 €)]]
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Ingreso recaudable tras cociente familiar
Superior 78.834 €
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Límite
1.000 €
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B. Fiscalidad en el momento del reembolso
1. En las condiciones específicas de reembolso previstas en la ley
En caso de reembolso total o parcial FPA - reglas aplicables a los rendimientos de la categoría Y de IRS.
Ingresos pagados por las participaciones suscritas | Tasas efectivas de retención en origen |
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Ingresos pagados por las participaciones suscritas
Hasta el 31-12-2005
|
Tasas efectivas de retención en origen
4 % (1)
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Ingresos pagados por las participaciones suscritas
Desde el 01-01-2006 |
Tasas efectivas de retención en origen
8 % (2)
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C. Condiciones de reembolso
- Prejubilación;
- Jubilación anticipada;
- Jubilación por vejez;
- Enfermedad grave, incapacidad para el trabajo y desempleo de larga duración*;
- Muerte del participante.
* entendidos estos conceptos en los términos de la legislación aplicable a los productos y aplicable únicamente al participante.
Simuladores de jubilación
Cuadro comparativo
Advertencias al inversor
- No existe garantía de capital ni de rendimiento en los siguientes fondos de pensiones de BBVA.
- En los fondos de pensiones abiertos BBVA Sustentável Conservador ISR, BBVA Sustentável Moderado ISR y BBVA Multiativo Moderado, solamente se admiten reembolsos en las condiciones legalmente previstas. En el caso de los fondos ahorro jubilación BBVA Estratégia Capital PPR, BBVA Estratégia Acumulação PPR y BBVA Estratégia Investimento PPR, se permiten reembolsos en cualquier momento, sujetos a la penalización fiscal y a la comisión de reembolso, aplicables, conforme a lo definido en los documentos informativos (DI) y en los reglamentos de gestión, de acuerdo con los términos legales.
- Se podrán aplicar comisiones de suscripción y rescate.
BBVA Mediación, Operador Banca-Seguros Vinculado S.A., con el código OV-0060 y registrada en la Autoridad de Supervisión de Seguros y Fondos de Pensiones, conforme se puede comprobar en la web de la ASF, es la entidad responsable de la comercialización de las adhesiones individuales de los fondos de pensiones del BBVA, en calidad de mediador de los fondos de pensiones abiertos, para lo cual emplea la red de distribución de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A., Sucursal en Portugal. Los documentos informativos (DI) y los reglamentos de gestión están disponibles en cualquier oficina BBVA, en www.bbvaassetmanagement.com/pt, www.bbva.pt y www.asf.com.pt.