¿Cree que el valor de su pensión, por sí solo, será suficiente para mantener su nivel de vida durante sus años de jubilación?

Mónica Morais | BBVA

Gestora de Productos Pensiones, BBVA
Con formación en Gestión y Ciencia Fiscal no Instituto de Estudios Superiores Financieros y Fiscales - IESF, titulado Espacio Atlántico - Formación Financiera, S.La., Mónica Morais integra la equipa da BBVA Hondón – SGFP, S.La. en 1998 desarrollando toda su carrera na área dos Fondos de Pensiones.

Noviembre de 2024 por Mónica Morais

En Portugal existen productos el Plan Ahorro Reforma (PPR) y Fondos de Pensiones Abiertas (FPA) que proporcionan beneficios fiscales quiere na fase de acumulación, quiere na fase de desacumulação, incentivando el ahorro.

En la fase de acumulación, estos productos ofrecen un beneficio fiscal que consiste en la posibilidad de deducir de la recaudación del IRS el 20% de las cantidades invertidas, con un límite de 400, 350 o 300 euros, en función de si el partícipe tiene (el 1 de enero del año en que realiza la inversión) menos de 35 años, entre 35 y 50 años, y más de 50 años respetivamente, y de acuerdo con el tramo de renta imponible.

Para beneficiarse de esta ventaja fiscal hay que tener en cuenta varios puntos:

  • Si realiza aportaciones a ambos tipos de productos, PPR y FPA, este beneficio fiscal es acumulativo y no puede, en su conjunto, exceder los límites descritos;
  • Este beneficio fiscal no se otorga a los inversores después de la jubilación;
  • Los PPR, a diferencia de los FPA, permiten al partícipe que proceda al reembolso fuera de las condiciones establecidas, garantizando una liquidez constante para este producto. Sin embargo, hay que tener en cuenta que, en esta situación de reembolso, estará obligado a devolver el beneficio fiscal que haya podido disfrutar en el año de las aportaciones, con un incremento del 10% por cada año.
  • Queda igualmente obligado a devolver el beneficio fiscal con un incremento del 10% por cada año, en el caso de reembolsos en las condiciones establecidas por la ley para aportaciones en las cuales aún no hayan ocurrido cinco años.

Si el beneficio fiscal en la fase de acumulación presenta riesgos de perderlo con una penalización, los beneficios fiscales en la fase de desacumulación son bastante atractivos en comparación con otros productos financieros.

Las condiciones establecidas por la ley que permiten el reembolso de los PPR son la jubilación del partícipe por vejez o por ser mayor de 60 años o del cónyuge del partícipe, cuando el PPR es un bien común de la pareja y el pago de las cuotas de los contratos de crédito garantizados por una hipoteca sobre un inmueble destinado a vivienda propia y habitual del partícipe.

En estas tres condiciones de reembolso existe una obligación de permanencia de cinco años, excepto si la primera aportación tiene más de cinco años y se ha invertido más del 35% en la primera mitad del contrato.

El reembolso de los PPR es también posible en casos de desempleo de larga duración, incapacidad laboral o en casos de enfermedad grave del partícipe o de cualquier miembro de su unidad familiar.

Si se reembolsa el PPR en alguna de las condiciones descritas y se invirtió antes de 2006, en el momento del reembolso, los rendimientos se tributarán a un tipo reducido del 4%, mientras que las inversiones efectuadas a partir de 2006 tendrán un tipo de retención sobre los rendimientos obtenidos del 8%.

Verificamos la no retroactividad da disminución do beneficio fiscal no reembolso. Podemos garantizar, no momento da aportación, la tasa la aplicar aos rendimientos obtenidos no reembolso, ya que, estas son garantizadas los años de verificación da ley.
Nos PPR, está aún prevista la posibilidad de reembolso fuera de cualquiera una das condiciones anteriormente descritas, proporcionando liquidez total y a cualquier momento. No obstante, estos reembolsos presentan ventajas fiscales na tributación dos rendimientos sobre los demasiado productos financieros ya que incide una tasa de tributación sobre los rendimientos de 21,5%. En los casos en que más del 35% de la inversión se realice en la primera mitad del contrato, esa tributación se reduce al 17,2% en los contratos que tengan más de cinco años y menos de ocho años, y al 8,6% en los contratos con más de ocho años.

En cuanto a los fondos de pensiones abiertos, estos pueden reembolsarse cuando el partícipe se encuentre en situación de jubilación por vejez, invalidez o jubilación anticipada, así como en la prejubilación. También existe la posibilidad de reembolso en los casos en que el partícipe se encuentre en una situación de desempleo de larga duración, incapacidad laboral o enfermedad grave.

No reembolso, los Fondos de Pensiones Abiertas no exigen una indisponibilidad de cinco años tras su entrega. Así, na situación de reforma, puede-se invertir nestes productos en cualquier momento y beneficiándome de una tributación sobre los rendimientos de 8%. Ya que el Beneficio Fiscal atribuido no momento das aportaciones no se verifica tras el paso à situación de reforma, no existe cualquier penalización por no mantener la inversión por un periodo de cinco años.

Podemos afirmar que los Fondos de Pensiones Abiertas tienen liquidez inmediata tras el paso à reforma.